Dos años y tres meses para la exedil de Bobadilla

D.V.
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La sentencia de la Audiencia de Valladolid pone fin a un proceso judicial muy 'embarazoso', con cuatro suspensiones y una falsa rotura de aguas. La que fuese concejala de la localidad se quedó con dinero de una amiga destinado a un embargo

La exedil de Bobadilla, en uno de los juicios que fue suspendido. - Foto: Europa Press / Archivo

La Audiencia de Valladolid ha impuesto una condena de dos años y tres meses de cárcel a la que fuera concejala de Festejos de Bobadilla del Campo, Inés María F.S, por quedarse con el dinero que una amiga íntima había ido ingresando en una cuenta de la condenada en la creencia, sin embargo, de que la misma pertenecía a la Agencia Estatal Tributaria y de que con ello dejaba libre de cargas el piso que pretendía vender.

En su 'alumbramiento' de sentencia, la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Provincial pone fin -salvo recurso- a un 'embarazoso' proceso judicial que ha atravesado por cuatro suspensiones de juicio y una falsa rotura de aguas de la ahora condenada, embarazada de más de siete meses, ante los intentos de ella de demorar lo que ya intuía como una condena ineludible, como así ha ocurrido finalmente.

El tribunal considera probada por parte de la encausada la autoría de un delito de estafa agravada, dada la confianza íntima existente con la víctima, y de otro de falsedad en documento oficial, por los que el fiscal del caso y la acusación particular habían solicitado penas de cinco y seis años, respectivamente.

Así, el fallo incluye una condena de dos años y tres meses de prisión y una multa de seis meses -6 euros diarios durante ese periodo-, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

Durante el esperpéntico juicio la exconcejal reconoció la amistad que la unía con la Sheila, la víctima, ya que sus hijos compartían la misma guardería en Medina del Campo, y explicó que en septiembre de 2019 su convecina le comentó que había recibido un piso en herencia pero que no podía venderlo porque sobre el mismo pesaba una carga de 10.000 euros.

Negó que se identificara como empleada de Hacienda y precisó que actuó de mera intermediaria entre su amiga y un inspector al que conocía, sin que luego tuviera más participación y sin que tuviera explicación lógica de por qué llegó a manos de Sheila un número de cuenta corriente, el de la ahora condenada, para que hiciera ingresos mensuales para levantar el embargo del piso y dejarlo así libre de cargas para proceder a su venta.

Sin embargo, las víctimas de la que fuera concejal de Festejos del PP en el Ayuntamiento de Bobadilla, Sheila, su madre y la pareja de ésta, fueron muy claras y acusaron a Inés María de hacerles creer que era funcionaria de Hacienda para apropiarse de los distintos pagos que la familia ingresó en su cuenta bancaria en la creencia de que la misma correspondía al fisco.

Aunque inicialmente el fiscal solicitada una condena de tres años y medio por estafa agravada, en el trámite de informes el acusador público decidió elevar la petición de pena a otro año y medio más por delito de falsedad en documento oficial.

La modificación se produjo tras escuchar en la segunda jornada del juicio el testimonio de dos trabajadoras del Registro de la Propiedad y de una notaría de Medina del Campo que identificaron a la exconcejal y coincidieron al señalar que la nota simple del Registro de la Propiedad que facilitó a su amiga Sheila para hacerla creer que el piso que quería vender había quedado libre de cargas, una vez realizados ingresos por importe de más de 10.000 euros, era falso y el mismo podía inducir a error a personas profanas en la materia.

Confusión para los profanos

Pese a que ambas trabajadoras aseguraron que no tuvieron duda alguna sobre la falsedad del documento al examinarlo, "pues era un corta y pega, los nombres y apellidos estaba en minúscula y hasta carecía del sello del Registro de la Propiedad", reconocieron que cualquier persona que no estuviera acostumbrada a manejar este tipo de documentos podría verse fácilmente engañado.

Su testimonio llevó a la acusación pública a sumar al delito de estafa el citado de falsedad en documento oficial, con una petición global de cinco años de cárcel para la estafadora, mientras que el letrado de la acusación particular mantuvo su solicitud de seis años y, con carácter subsidiario, se alineó con el lustro de privación de libertad pedido por el fiscal.

Pero además, el acusador particular advirtió al tribunal sobre la necesidad de compensar a sus patrocinados, Sheila, su madre y la pareja de ésta, no sólo con más de 10.000 euros estafados sino con otros 2.500 en concepto de daños morales, dados los perjuicios y tensiones que lo ocurrido había provocado a la familia.

La defensa de Inés María F.S, por su parte, solicitó del tribunal un fallo absolutorio al considerar que ambas acusaciones se fundamentan únicamente en "prueba indiciaria" que no es suficiente para conculcar el derecho a la presunción de inocencia de su clienta.

"Inés María contaba con un sueldo y no tenía motivo para cometer estos hechos, pero además no ha habido daño bastante y por eso pido la absolución basada en el principio in dubio pro reo", concluyó la letrada en el informe de defensa de su clienta, quien, además de este proceso, se encuentra inmersa en otras causas penales también por estafa y falso testimonio.