El director general de Transformación Digital de la Administración de Justicia, Aitor Cubo, tendrá que declarar como investigado en relación al presunto borrado del audio de la declaración de un menor en un procedimiento de divorcio que se estaba tramitando en los juzgados de Valladolid, tras fracasar el intento de la Fiscalía de que se le citara como testigo.
En un auto del pasado 11 de julio, al que ha tenido acceso EFE, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid ratifica la imputación de Cubo por estos hechos al rechazar el recurso de apelación que interpuso la Fiscalía contra el auto de la titular del Juzgado de Instrucción 7 de Madrid, Susana Trujillano, en el que el pasado marzo acordaba citar a Cubo como investigado tras ser admitida una denuncia del padre del menor.
Los hechos denunciados, según el auto de la juez, consisten en que al solicitar el padre la grabación de exploración a su hijo menor, realizada en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Valladolid, en el marco de un proceso de divorcio, "comprobó que dicha grabación carecía de calidad suficiente, volviendo a solicitar la grabación para que fuera audible".
El Centro de Atención al Usuario de Justicia (CAU) contestó que no era posible recuperar la grabación y el padre del menor encargó entonces un informe pericial al Laboratorio de Informática Forense Europeo, que concluyó que se había introducido "un ruido rosa cuya presencia natural en el entorno era nula".
Con ese informe puso una denuncia en la Guardia Civil contra la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia, al ser la responsable de custodiar las grabaciones de audio y vídeo que se celebran en vistas de los Juzgado.
Al ser imputado su responsable, la fiscal pidió que se le citara en todo caso como testigo, a lo que la juez se opuso, decisión que confirma ahora la Audiencia Provincial recordando a la Fiscalía que la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEcrim) establece que no cabe "recurso alguno" contra los autos que acuerden "la práctica de la prueba".
Además, añaden los magistrados, el artículo 777, "otorga al Juez la decisión de practicar las diligencias necesarias encaminadas a determinar la naturaleza y circunstancias del hecho".
En su recurso, al que también ha accedido EFE, la fiscal Paz Ruiz sugería que era "más conveniente, de mayor utilidad para la investigación, en este momento procesal", que el Director General de Transformación Digital declarase como testigo, dada la obligación que en ese caso tiene de responder a lo que se le pregunte y de decir verdad, lo que no sucede siendo imputado, que le permite incluso acogerse a su derecho a no declarar.
Según la fiscal, "por sus conocimientos técnicos", su comparecencia como testigo le permitiría "explicar y aclarar: el proceso de grabación, la digitalización de los audios/vídeos de lo sucedido en la sala de vistas, cómo se ha podido introducir en la grabación denunciada el ruido, que superpone las voces grabadas en ciertas partes del audio, ruido que se identifica como ruido rosa y no presente de forma natural en el entorno, según el informe pericial" aportado con la denuncia.
En el caso de que durante esa declaración como testigo se observasen indicios de una posible participación en los hechos denunciados, la juez puede cambiar su condición a la de imputado, apuntaba la representante del Ministerio Público.
La juez de Madrid acordó en marzo citar a este alto cargo del Ministerio tras corregir su decisión inicial de inhibirse en favor de los juzgados de Valladolid al estimar el recurso del padre del menor, decisión que entonces contó con el apoyo de la Fiscalía.
Ambos coincidieron en que la competencia territorial correspondía a los juzgados de instrucción de Madrid por estar en ese partido judicial la sede de la Dirección General de Transformación Digital, donde se encuentran físicamente instalados los servidores que contenían dicha grabación y "donde se pudiera haber realizado la manipulación de la grabación de la exploración del menor".