CSIF ha denunciado ante la Inspección de Trabajo al Ministerio de Justicia por obligar a los 16 trabajadores del Registro Civil de Valladolid a trabajar los sábados, en turno rotario, cuando la norma que establece el régimen de jornada y horario para los funcionarios de Justicia "no lo contempla".
Este hecho supone "un flagrante incumplimiento de la legalidad establecida y del propio marco normativo de Justicia", tal y como argumenta el responsable de CSIF Justicia en Valladolid, Juan José Banciella, en la denuncia presentada.
Pero es que, además, el sindicato entiende que representa una "discriminación" para los trabajadores que presentan sus servicios en el Registro Civil de Valladolid con respecto a otros funcionarios de la Administración de Justicia de la ciudad y de los funcionarios que trabajan en otros registros civiles de España.
No solo tienen que acudir los sábados sin estar obligados a ello, sino que además no reciben ningún tipo de contraprestación, añade dicha organización sindical a través de un comunicado recogido por Europa Press.
A CSIF no le ha quedado "otra opción" que acudir a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para "restaurar la legalidad e impedir este abuso reiterado y repetido en el tiempo", señala Banciella, después de que "el sindicato haya intentado por todos los medios solucionar esta situación injusta, a través del dialogo con los responsables ministeriales, sin que hasta el momento se haya recibido una respuesta".
"Solo hemos obtenido el silencio. Ni siquiera nos han indicado en qué norma basan esta obligación de acudir por turno rotatorio", denuncia Banciella, quien relata que desde principios de noviembre CSIF lleva haciendo gestiones para resolver esta situación, remitiendo escritos en diferentes fechas a distintos responsables ministeriales, "sin que nadie hasta ahora haya tomado la responsabilidad de poner solución".
Banciella aclara que el cierre de la Oficina del Registro Civil el sábado "no supondría ningún perjuicio para los ciudadanos", ya que el servicio queda plenamente cubierto para las actuaciones urgentes e inaplazables por el Juzgado de Guardia.
En este sentido, precisa que existen instrucciones del Ministerio de Justicia en las que se establece claramente que debe ser el letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Guardia quien autorice con su firma electrónica aquellas actuaciones más urgentes, como pueden ser las licencias de enterramiento.