La Diputación de Valladolid ha realizado incrementos indebidos del precio por hora de prestación del servicio de ayuda a domicilio durante el año 2022, según un informe del Consejo de Cuentas. Este órgano da un 'tirón de orejas' a la Corporación provincial por aprobar cláusulas que amparan revisiones del precio de adjudicación del contrato de ayuda a domicilio y le recomienda "abstenerse" de hacerlo en los próximos "cuando no se cumplan los requisitos de los artículos 103 y siguientes de la Ley de Contratos del Sector Público".
El informe de fiscalización de los contratos del servicio de ayuda a domicilio de las diputaciones de Castilla y León que dio a conocer ayer el Consejo de Cuentas pone de manifiesto que la institución vallisoletana estableció expresamente la "actualización" anual del precio unitario de adjudicación en el 1,5%, atendiendo a la previsión de incremento de los costes que dan lugar al cálculo del presupuesto base de licitación, lo que supone de facto una revisión del precio de adjudicación.
A pesar de que la Diputación presentó una alegación en la que explicaba que "el incremento no constituye una revisión, sino que fue considerado a la hora de calcular el precio contrato, el presupuesto base de licitación y el valor estimado del mismo" y que no representaba desigualdad de trato ni discriminación entre los licitadores, el órgano fiscalizador la desestimó.
El Consejo de Cuentas explica que el presupuesto de licitación se convierte en "el precio de adjudicación a través de la oferta formulada por el adjudicatario y, tratándose de un contrato en el que no está autorizada la revisión de precios, corresponde al empresario asumir durante este periodo, con cargo a su beneficio, las fluctuaciones no derivadas de fuerza mayor". Además, recuerda a la institución vallisoletana que las otras ocho diputaciones castellanas y leonesas han adjudicado su contrato de ayuda a domicilio sin incluir esta "actualización".
Este aspecto se incluye en una de las cuatro recomendaciones particulares que ha recibido la Diputación de Valladolid sobre el contrato para la prestación del mencionado servicio en la provincia. Otra de ellas le reclama que se abstenga de incluir "cláusulas de arraigo territorial" como obligaciones de "adscripción de medios a la ejecución del contrato, que no exija la propia naturaleza del contrato o no sean necesarias para su ejecución", algo que hizo la Corporación exigiendo "disponer de delegación o sede en la provincia de Valladolid, con un local definido y provisto de teléfono, con un responsable en permanente disponibilidad". Cuentas también rechazó la alegación vallisoletana al consdierar que "la comunicación y coordinación del personal y la buena calidad del servicio prestado a los beneficiarios de la ayuda puede alcanzarse independientemente de la existencia de una delegación o sede en Valladolid, dejando a que sea la empresa adjudicataria, dentro de sus potestades de autoorganización, la que disponga de los medios y recursos necesarios para lograr la eficiente coordinación con los prestadores de la ayuda domiciliaria".
Por otro lado, las diputaciones de Segovia, Valladolid y Zamora deberán proceder al reajuste de la garantía como consecuencia del incremento del precio del contrato, en forma y plazo, en cumplimiento de lo establecido la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, el Consejo de Cuentas exige a Valladolid, junto a las corporaciones de Ávila, Burgos, Palencia y Salamanca, establecer fórmulas matemáticas de valoración de las ofertas económicas que aseguren el mantenimiento de la ponderación que el pliego de cláusulas administrativas particulares atribuye a este criterio, en relación con el resto. "No deberán impedir que exista un adecuado recorrido de las diferentes puntuaciones a lo largo del intervalo previsto en el pliego", asegura el informe.