Absueltos los padres acusados de causar fracturas a sus hijos

D. V.
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El juez confiesa su "frustración" por no haber sido capaz de conocer las causa reales de las lesiones que sufrieron los menores

Absueltos los padres acusados de causar fracturas a sus hijos

El titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Valladolid ha acordado la absolución del matrimonio de origen colombiano al que la Fiscalía solicitaba 47 años de prisión por el presunto maltrato infligido a sus dos hijos cuando tenían un año y dos meses.

En su sentencia, el juez confiesa su "frustración" por no haber sido capaz de conocer las causas reales de las lesiones que sufrieron los menores y finalmente ha acordado sentencia absolutoria apelando al principio 'in dubio pro reo', ya que las explicaciones dadas por los progenitores para exculpar su autoría de los daños no han podido ser descartadas.

"Un relato acusatorio aparentemente sólido--en referencia al presentado por la Fiscalóia--queda sumido en la nebulosa de la incertidumbre desde un primer momento, generando a este uez una enorme frustración, no derivada del fallo, sino de la imposibilidad manifiesta de construir una valoración probatoria inatacable ante la más absoluta falta de certeza sobre el cómo, contando únicamente con un hecho cierto, el resultado lesivo de los menores, pero desconociendo el mecanismo causal y no habiéndose discriminado las alternativas fácticas opuestas desde un primer momento por la defensa y por los propios acusados", resume el juzgador en una sentencia recogida por Europa Press.

"Sinceramente, frustra no conocer la verdad ni después de llevar a cabo un proceso tan largo en el tiempo (y no por su complejidad ni por su aportación de prueba); uno está acostumbrado a sostener siempre que una cosa es la verdad del proceso y otra la verdad real; el ideal es conseguir la coincidencia de ambas, pero lo normal es que no sea así salvo en supuestos que hayan quedado grabados los hechos mediante el uso de imágenes", añade el titular de Penal 3.

El juez precisa que lo habitual, y suficiente, es conseguir alcanzar una verdad procesal tras la práctica de las pruebas, una verdad inatacable jurídicamente porque se encuentra basada en la valoración de pruebas objetivas y conforme se desarrollan en el acto del plenario; pero "reconocer de antemano que ni se puede llegar a alcanzar una verdad meramente especulativa, insuficiente desde el punto de vista penal, es un fracaso del sistema, tanto en tiempo como en dinero, y emocional para los implicados", se lamenta.

El juicio por estos hechos quedó visto para sentencia este martes en el Juzgado de lo Penal número 3 de la capital vallisoletana, donde la pareja negó categóricamente la autoría de las lesiones que el mayor de sus hijos tenía en forma de fracturas en las tibias y fémures de ambas piernas y en los húmeros de los dos brazos y las que su hermano menor presentaba en las dos costillas y la clavícula izquierda, junto con una hemorragia conjuntival en su ojo izquierdo.

El padre de familia no supo explicar el origen de las lesiones del mayor de ambos hermanos y alegó que ya en Colombia, país de origen del que llegaron a Valladolid el 13 de marzo de 2019 huyendo de los paramilitares, presentaba una "piernita desviada, una deformidad que le impedía moverse con normalidad", mientras que en el caso de su otro hijo, Tomás, quien nació ya en la capital del Pisuerga, atribuyó las fracturas a una caída accidental cuando le estaba bañando.

Su mujer, M.C.M, también negó haber maltratado a sus hijos o permitir al anterior que lo hiciera y atribuyó el origen de las fracturas del hijo menor a un supuesto atrapamiento entre el somier y el colchón de la cuna y las de su hermano mayor a las maniobras de alumbramiento que sufrió en Colombia.

"Fue un parto problemático, mi hijo no salía y el que me asistía se me subió encima de la tripa y empezó a presionar y a realizar maniobras que hoy me han contado que están prohibidas", indicó la ahora absuelta, quien también achacó la grave malnutrición que presentaba Ismael al hecho de que a éste no le gustaba nada la comida que les facilitaba Cruz Roja y tan solo se alimentaba de leche de vaca.

La fiscal del caso mantuvo la inicial imputación contra la pareja, a la que solicitaba penas que suman 47 años de cárcel para cada uno de ellos tras advertir de que "eran los cuidadores directos" de los niños "de manera permanente" y pese a ello les ocasionaron "lesiones dolosas", algo que la defensa, que solicitó un fallo absolutorio y alternativamente una condena por lesiones por imprudencia, con la atenuante de dilaciones indebidas, rechazó de plano.