Ratifican 19 años de cárcel por agresión sexual a una menor

D. V.
-

El condenado, ya sexagenario, agredió sexualmente a la víctima durante siete años en el pueblo de Valladolid donde vivían ambos

Sede del TSJCyL en Burgos. - Foto: Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la condena global de diecinueve años de cárcel a un sexagenario que aprovechó la relación de amistad con la familia de una niña de 10 años para agredirla sexualmente en encuentros mantenidos con ella, primero en casa de su abuela y luego en su propio domicilio, en un pueblo de la provincia donde ambos residían. La situación se prolongó hasta que la víctima cumplió 17 años.

En su sentencia, la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, con sede en Burgos, ha desestimado el recurso del condenado y ratificado en todos sus términos el fallo anterior condenatorio de la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Provincial, de 24 de enero del presente año, según la información del Gabinete de Prensa del Alto Tribunal castellanoleonés recogidas por Europa Press.

La condena confirmada incluye una pena de doce años por delito continuado de agresión sexual, con introducción de miembros corporales vía vaginal, sobre menor de dieciséis años y prevaliéndose de una relación de superioridad, así como seis años por otro delito de elaboración de pornografía infantil, utilizando a menor de dieciséis años, y un año de privación de libertad por un tercero de posesión de pornografía infantil.

Junto a la pena privativa de libertad, el tribunal impuso al condenado su inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad y personas con discapacidad, por un tiempo total de 44 años, además de la prohibición de comunicar con la víctima y acercarse a ella durante 23 años y libertad vigilada durante idéntico periodo de tiempo.

En concepto de responsabilidad civil, el condenado habrá de indemnizar a la niña con 10.000 euros por daños morales.

En su sentencia, ahora confirmada por el TSJCyL, la Sección Segunda considera probado que el condenado, de 62 años, mantenía una relación de amistad, por parentesco de su mujer--ya fallecida--, con la familia de la menor, de 10 años, hasta el punto de que comenzó a visitar con frecuencia el piso de la abuela de la víctima, sito en el mismo inmueble y al que acudía muy a menudo la niña.

Así, el condenado aprovechaba el momento en que la niña se iba a una habitación sola con la tablet para ir tras ella, sentarse a su lado y tocarle en sus partes íntimas, logrando que ella hiciera lo mismo con él, agarrándole la mano y dirigiéndola hacia el pene para, en ocasiones, terminar eyaculando.

De esta manera, valiéndose de la relación que tenía con la familia, de la corta edad de la menor y de la ascendencia que fue alcanzando sobre ella, consiguió mantener en el tiempo este tipo de actos sexuales con la niña. Le decía que no debía contar nada, que a sus padres no les iba a gustar y se enfadarían.

Contactos grabados con el móvil 

Desde que comenzaron dichos contactos íntimos el procesado quería grabarlos. Y en esa primera época, desde que la niña tenía 10 años hasta los 14 años, el encausado daba su teléfono móvil a la menor para que, en el servicio o en la habitación, se grabara a sí misma desnuda, tocándose los pechos, en su partes íntimas y masturbándose, según las instrucciones del procesado incluyendo la penetración con sus dedos en la vagina.

Cuando la víctima cumplió los 14 años, los encuentros se llevaban a cabo en el domicilio del acusado. En los mismos, la menor, masturbaba al acusado y éste masturbaba a ella no sólo a base de tocamientos sino también con la introducción de dedos en la vagina.

Aunque en un momento dado la niña pidió al condenado que borrara esos vídeos y el procesado borró la mayoría, mantuvo sin embargo en sus dispositivos tanto fotos como vídeos, sin que conste que haya compartido dicho material.

El acusado mantuvo este tipo de actos sexuales con la menor hasta que ella formuló denuncia el 22 de julio de 2022, asistida por su padre, después de que, al no poder soportar más la situación que sufría, comentara lo que la estaba sucediendo a la madre de una amiga.

El condenado guardaba además 54 vídeos pornográficos de niñas entre 8 y 12 años e incluso alguno de niñas más pequeñas, con imágenes de las menores desnudas y escenas de penetraciones y felaciones con ellas por parte de adultos.