La Audiencia de Valladolid ha decretado nulidad de actuaciones en el caso del hombre acusado de un delito de estafa tras comprometerse en junio de 2020 a realizar las obras de un merendero en una vivienda de Matapozuelos, encargo por el que llegó a cobrar casi 5.000 euros, y, presuntamente, no realizó trabajo alguno y dejó 'empantanado' a la víctima.
La decisión de la Sección Cuarta de lo Penal, recogida por Europa Press, se ha producido a petición de la defensa del encausado en el trámite de cuestiones previas, antes del inicio de la vista, al alegar la imposibilidad de su cliente de sáber de qué cargos tenía que defenderse.
La posible indefensión del acusado obedece a la falta de concreción del escrito de calificación provisional de la acusación particular, ya que el mismo imputa por los artículos 248.1 y 250 del Código Penal pero es de cáracter genérico por cuanto no espeficia el subtipo agravado del segundo de los artículos citados y, además, ni siquiera concreta la pena privativa de libertad solicitada.
Ante ello, el magistrado presidente del tribunal ha estimado la petición de nulidad de actuaciones de la defensa y ha acordado devolver las actuaciones al juzgado de instrucción para su nueva tramitación.
Rubén P.J. está acusado de estafa, con la agravante de reincidencia, puesto que ya fue condenado en diciembre de 2020 por idéntico delito a un año de cárcel por el Juzgado de lo Penal 2 de Valladolid.
En el presente caso, la acusación pública, además de tres años de prisión, solicita también que el acusado indemnice a la víctima en la cantidad de 5.048 euros, mientras que el acusador particular, pese a no haberlo hecho constar en su escrito de calificación, aplica las agravantes tanto de reincidencia como de abuso de confianza y quebranto económico y solicita una condena de seis años y el pago de una responsabilizad civil de casi 6.000 euros.
Los hechos se remontan a junio de 2020 cuando Rubén P.J. se comprometió a realizar un merendero y cerrar un muro en una vivienda de Matapozuelos, encargo por el que recibió en mano, en un primer pago, 1.200 euros y un segundo abono de 3.500 euros que la víctima realizó vía trasferencia bancaria el día 1 de julio de ese año.
Sin embargo, pese al dinero ya cobrado el acusado, presuntamentem no realizó obra alguna en la vivienda, por la que se llegó a pasar tan solo unas cinco veces pero sin cumplir jornada completa ni parcial ni abonar los materiales, ni siquiera el hormigón que una empresa depositó en el solar y cuya factura tuvo también que afrontar la víctima.
Desde entonces, el propietario del inmueble que encargó las obras no ha recibido cantidad alguna del acusado, y ello a pesar de las distintas reclamaciones formuladas.