El 'macrojuicio' por estafa celebrado en Valladolid, el segundo más voluminoso en cuanto a 'inquilinos' de banquillo en la historia judicial vallisoletana, ha concluido con un fallo absolutorio para la totalidad de los casi sesenta encausados por un problema de nulidad de la providencia del Juzgado de Intrucción número 1 que autorizó inspeccionar las cuentas de los encausados.
El fallo de la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia de Valladolid, al que ha tenido acceso Europa Press en fuentes jurídicas, no sólo beneficia a los acusados que fueron a juicio sino también a los otros 33 que al inicio de la vista sellaron con las acusaciones pública y particulares distintas sentencias de conformidad reconociendo la autoría de los hechos.
En su fundamentación, el tribunal estima que los alegatos de los letrados de los acusados que se negaron a pactar la condena y que durante el juicio insistieron en solicitar la nulidad de la providencia del Juzgado de Instrucción 1, de fecha 8 de abril de 2016, que autorizó a la Brigada de Delincuencia Económica acceder a cuentas de los encausados
En la causa figuraban inicialmente 63 acusados, de los que dos han fallecido, si bien el juicio, que tiene por escenario la Feria de Valladolid hasta el próximo día 12 de noviembre, se ha iniciado con 56 comparecientes, dado que con carácter previo otros dos de los encausados ya se encontraban en busca y captura ante la imposibilidad de localizarlos y otras tres personas más han dejado plantado también este jueves a la Audiencia Provincial, que ha acordado declarar en rebeldía a una de ellas.
La maratoniana jornada inaugural, que se ha iniciado a las 11.00 horas, ha concluido a última hora de la tarde con la oficialización de la conformidad pactada entre 33 acusados, la fiscal del caso y las tres acusaciones particulares personadas--BBVA, Santander y Caixabank--, trámite que la magistrada presidenta de la sala pretendía celebrar a primera hora de la mañana pero que ha tenido que posponer para la tarde a petición de la acusación pública y algunas de las defensas, al entender dichas partes que antes era preciso exponer las cuestiones de nulidad de los defensores pues las mismas, en caso de ser estimadas por el tribunal, podrían afectar también a los encausados confesos.
De este modo, la vista se ha iniciado con una primera fase para tramitar las solicitudes de prueba documental y la práctica de nueva prueba de los defensores, que han sido incorporadas al proceso, para luego continuar con otra no menos tediosa y prolija, la de cuestiones previas, en la que los representantes legales de los presuntos estafadores -figuran personados 63 letrados- han solicitado, entre otras, la nulidad de actuaciones por "falta de legitimación activa" de las entidades bancarias personadas en la causa.
Y es que buena parte de los defensores considera que dichas entidades deberían de haber aclarado al tribunal si siguen siendo titulares de los créditos concedidos en su día -el perjuicio económico fue cifrado en unos 800.000 euros- o han cedido o vendido los mismos a otras entidades, pues en este último caso serían las sociedades que han adquirido esos préstamos las verdaderas perjudicadas.
Derecho al secreto bancario
Entre las nulidades esgrimidas por los defensores figuran también la relativa al registro efectuado por la policía en las oficinas de un inmueble sito en el número 26 de la calle Claudio Moyano, donde los acusados, presuntamente, falsificaban los documentos que luego presentaban en las entidades bancarias, así como la providencia del 8 de abril de 2016 que autorizó a la Brigada de Delincuencia Económica acceder a cuentas de los encausados, "vulnerando de este modo el derecho a la intimidad bancaria", tal y como anticipaba, en declaraciones recogidas por Europa Press, el mediático abogado Marcos García Montes, que era el primero en abrir el turno en la fase de cuestiones previas
Pero además, otra de las defensas ha extendido la nulidad al propio auto de apertura de juicio oral, dictado el 17 de marzo de 2021, ya que el mismo, a su juicio, provocó una clara "indefensión" de todos los acusados por cuanto incluyó, sin indicio justificativo alguno, el delito de blanqueo de capitales por el que en fase de instrucción no fue interrogado ninguno de ellos.
Todas y cada una de las cuestiones han sido rebatidas por las acusaciones pública y particulares--Carrefour e ING Bank no han comparecido en la causa y han sido apartadas de la acción penal--, si bien el tribunal, debido a la complejidad de la materia impugnada, ha acordado resolver todas las cuestiones en la fase de ejecución de sentencia.
Las conformidades
De este modo, la Audiencia Provincial no ha oficializado las conformidades hasta última hora de la tarde, trámite por el cual los acusados que ya han pactado su condena, más de la mitad de los procesados, han ido dando el sí definitivo al acuerdo suscrito con las acusaciones para obtener así una sustancial rebaja de pena. Una vez cumplimenado el trámite, tanto ellos como sus letrados pueden abandonar el juicio.
De lo acuerdos se han apartado, entre otros, los siete principales acusados que se enfrentan a condenas de 18 años de prisión. Se trata de las penas más duras de ese conjunto de condenas que inicialmente se elevaba a casi 470 años. Se les acusa de un delito continuado de estafa en concurso medial con un delito continuado de falsedad documental, otro de pertenencia a grupo criminal, un delito de blanqueo de capitales y un cuarto delito de falsedad documental.
De forma genérica, el proceso judicial investiga a un grupo criminal, encabezado por cuatro de los acusados, que se concertó para llevar a cabo una serie de operaciones consistentes en la solicitud y obtención de préstamos de distintas entidades bancarias, a través de terceras personas, justificando la solvencia económica con documentación que no reflejaba la realidad, para, con carácter general, la compraventa de vehículos de segunda mano.
Estas terceras personas, como pago por su intervención, recibían una parte del dinero y el resto se lo embolsaba el grupo integrado por los cabecillas.