El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León anula el nombramiento del director de Coordinación de Políticas Públicas, Indalecio Escudero Prieto. El tribunal corrige la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo y obliga al Ayuntamiento a cambiar el reglamento orgánico para avalar el nombramiento del bautizado por la oposición como 'alcalde B'. Una decisión contra la que cabe recurso de apelación ante el Tribunal Supremo, como sucede con la sentencia de hace unos días sobre la ordenanza que suprimía algunos carriles bici y bus.
Se estima así el recurso de apelación presentado por el grupo municipal del PSOE, ya que se entiende este nuevo cargo es un órgano directivo, hasta ahora inexistente en la organización municipal, por lo que su creación requiere su previsión en el reglamento orgánico municipal, que se modificó en el anterior mandato con el acuerdo de PSOE y PP.
En la sentencia del TSJ se deja clara la disconformidad con la conclusión de la sentencia apelada porque se recalca que el nuevo órgano creado en la estructura de la Alcaldía "no cabe calificarlo de un área más sino de órgano que culmina la organización administrativa". En los fundamentos de derecho se recalca que "no existiendo en el Reglamento Orgánico del Ayuntamiento, este órgano directivo no es conforme a derecho la creación del puesto de trabajo".
(Continuará ampliación)