El TSJCyL tumba la ordenanza que suprimió carriles bici y bus

M. Rodríguez
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León da la razón a Ecologistas en Acción en su denuncia contra la ordenanza de Carnero que eliminó el carril bus de Poniente y López Gómez, y que también avaló modificar otros carriles bici

Puente de Poniente, con el carril bus ya eliminado. - Foto: Jonathan Tajes

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) tumba la  modificación de la ordenanza municipal que aprobaron el PP y Vox para suprimir los carriles bus de Poniente y López Gómez, y modificar carriles bici como el de Isabel la Católica y el de la avenida de Gijón. Además, se condena al Ayuntamiento en costas y solo podrá recurrir esta decisión ante el Tribunal Supremo.

En concreto, la modificación de esta normativa municipal para establecer determinados carriles de uso restringido en la ciudad fue aprobada en el Pleno de octubre del año pasado y recurrida después por Ecologistas en Acción (EA), además de haber recibido unas 1.500 alegaciones en su tramitación. Esta fue una de las primeras medidas del nuevo alcalde, Jesús Julio Carnero, porque respondía a uno de sus grandes compromisos electorales. En principio, el coste inicial se presupuestó en 130.000 euros, aunque luego hay que añadir el presupuesto de los nuevos carriles bici, que supera ampliamente el millón de euros.

Ahora el TSJCyL da la razón a la organización ecologista, que argumentaba que "contradice el vigente ordenamiento aplicable (la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial), pues no determina directamente el destino de los carriles restringidos que regula, con lo que deberá ser otra normativa posterior la que discipline esa materia". Y recuerda que el criterio de la Sala deriva en que dicho instrumento normativo debe ser el que regule dichas medidas del tráfico urbano, "cuando la intensidad de las mismas fuese de tal trascendencia que incidiese en el derecho de los ciudadanos a usar de las vías de circulación". Es decir, no sirve una modificación y se debería haber tramitado una nueva ordenanza, con todo el proceso que eso implica y que hubiera demorado los cambios que se implantaron a los pocos meses de tomar posesión el nuevo equipo.

Una situación muy similar al la que denunció el PP cuando estaba en la oposición municipal. En aquel momento, en junio de 2022, el mismo tribunal declaró nulo el decreto del Ayuntamiento que establecía una nueva regulación del tráfico con la peatonalización de varias calles del centro y la habilitación de carriles bici y carriles bus-taxi, y recordó que era obligatorio desarrollar una ordenanza. En esa sentencia se recalcaba: «no se está afirmando que para modificar un sentido de circulación de una determinada calle se tenga que aprobar o modificar una ordenanza, ni siquiera para instalar un carril bici, sino que ha de ser mediante ordenanza aquella regulación del uso de las vías urbanas que implique una privación o restricción sustancial del general derecho de todo vecino a utilizar las vías urbanas".

El Tribunal también asume el argumento de EA de que esta ordenanza recurrida parte de la anteriormente, pero sustituye la referencia a los carriles bici y bus por la denominación "de uso restringido", además de alterar algunas de las vías afectadas, donde también cambia su denominación, y hace referencia a la señalización de los citados carriles, además de regular en la disposición final su entrada en vigor. Y es tajante en su veredicto: "En esta cuestión, la Sala entiende que la normativa objeto de esta resolución no es conforme a derecho".

Y ahora se vuelve a recordar al nuevo equipo de Gobierno que las modificaciones en materia de tráfico en las ciudades deben tomarse "a través de los medios de regulación que supongan mayores garantías en su determinación y disposición". Y se recalca que en este caso denunciado por EA, afecta a un buen número de vías públicas, preferentemente ubicadas en el centro del casco urbano: plaza de Poniente, plaza de la Rinconada, calle Cebadería, calle Especería, plaza del Ochavo, calle Vicente Moliner, plaza de Fuente Dorada, calle Cánovas del Castillo, calle Fray Luis de León (entre las calles Cánovas del Castillo y López Gómez), plaza de España, calle Miguel Íscar, plaza de Zorrilla, calle María de Molina (entre la plaza de Zorrilla y la calle Doctrinos, calle Doctrinos (entre la calle María de Molina y el paseo de Isabel la Católica), paseo de Isabel la Católica (entre calles San Ildefonso y Encarnación)-, "lo que implica aún más, si ello es posible, la necesidad de extremar las condiciones de su disciplina y regulación".