Una vallisoletana ha conseguido la exoneración de una deuda de 36.000 euros gracias a la Ley de Segunda Oportunidad. La solicitante se encuentra actualmente en una situación económica "insostenible" debido a las decisiones tomadas en un intento por ayudar a su hijo en momentos de necesidad. En un acto de apoyo, la deudora decidió ponerse como aval en la hipoteca de su hijo y, además, solicitó una hipoteca adicional para financiar la reforma de su vivienda.
Sin embargo, la situación de su hijo empeoró y, debido a dificultades económicas imprevistas, le fue imposible hacer frente a los pagos de la hipoteca, lo que llevó al banco a iniciar la ejecución hipotecaria contra él. En consecuencia, la deudora se vio obligada a asumir no solo la responsabilidad de su propia hipoteca, sino también la de la vivienda de su hijo.
Entonces comenzaron las constantes llamadas de los acreedores reclamando los 95.000 euros totales que debía. El estrés que sufrían les iba mermando poco a poco, hasta que llegó el detonante: una amenaza de embargo sobre su vivienda.
Esto les llevó a buscar una solución, la cual encontraron en la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad formada por abogados y economistas especializados en la llamada "Ley de la Segunda Oportunidad". Tras el estudio del caso, los letrados comprobaron que cumplían todos los requisitos necesarios y aconsejaron a los deudores acogerse al procedimiento.
Una de las mayores preocupaciones de la asociada era si mantendría su casa tras el concurso de acreedores. Desde el inicio, los abogados de la Asociación les transmitieron tranquilidad. Así lo explica Jose Domínguez, letrado de la entidad: "Teniendo en cuenta que podía llevar la hipoteca al día y la diferencia entre el valor de la vivienda y el préstamo hipotecario era mínimo, teníamos argumentos para evitar la liquidación de la vivienda", señala la citada Asociación en un comunicado.
Qué pasos se han seguido
Desde el primer momento, la deudora obtiene el primer beneficio del proceso. Se presenta un escrito ante el Juzgado correspondiente informando de la situación de la deudora y el comienzo de un periodo de negociaciones. El respiro económico es inmediato: no debe de pagar nada y está protegida de embargos hasta el final del proceso.
Posteriormente, se presenta ante notario un plan de pagos acorde con sus ingresos intentando un acuerdo con los acreedores. Estos mostraron su negativa a aceptar tal propuesta. Aunque parezca una mala noticia, este rechazo sirve para demostrar la buena fe de la deudora y permitirle el perdón de toda la deuda.
Domínguez ha afirmado que este deja de ser un requisito para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad desde el 26 de septiembre de 2022: "El acuerdo extrajudicial de pagos deja de ser obligatorio para justificar la buena fe del solicitante. Realmente, no ha cumplido con su propósito inicial que era, precisamente, evitar concursos de acreedores. Los acreedores por regla general siempre rechazaban o no atendían a las propuestas de convenio. Es una buena noticia que no sea preceptivo, ya que se agilizan los trámites, se acortan tiempos y se ahorran costes en honorarios de notaría y mediador concursal, el cual deja de existir".
Finalmente, los abogados hicieron efectiva esta solicitud presentando la demanda de concurso frente al Juzgado de lo Mercantil N.º2 de Valladolid. Tras comprobar que estos cumplían todos los requisitos, se aprobó la exoneración del 100% de la deuda acumulada, permitiéndoles también mantener su casa.