El grupo VIII de Tercera Federación sigue sin saber si tendrá 18 equipos (entre ellos el Mojados), 18 (con el Laguna en vez del Mojados) o 19 (con ambos). Y este miércoles, la Real Federación de Castilla y León de Fútbol ha querido explicar los hechos, dejando claro que no es la demandada y que está a la espera de que la titular de la competición, la RFEF, indique el modo en que va a ejecutar el auto judicial tras la reclamación de los laguneros.
"En cualquier caso, y si la RFEF no indica lo contrario, la primera jornada prevista para las fechas 7 y 8 de septiembre permanecerá inalterable en su disputa a la espera de las instrucciones de la RFEF", concluye el ente federativo regional en un comunicado.
La RFCyLF deja claro que, antes de la consumación del ascenso del Salamanca CF UDS a 2ª RFEF, los clubes CD Laguna y CD Mojados realizaron una consulta a esta Federación para saber, en caso de ascenso de los salmantinos, a quien correspondería la posible vacante: "Por parte de la RFCYLF se contestó a ambos clubes que le correspondía al CD Laguna en función de lo dispuesto en el artículo 119 del Reglamento General de la RFEF (texto de aplicación al ser la 3ª División una competición nacional titularidad de la RFEF) y por ello se incluyó al CD Laguna entre los participantes en el grupo VIII de 3ª División".
Posteriormente, continúa la Federación Regional, el CD Mojados, "con el asesoramiento de la Asociación PROLIGA, presentó un escrito ante el Juez de Competición de la RFCYLF reclamando que le correspondía el mejor derecho para ocupar la vacante, resultando de ello una resolución del Juez de Competición de la RFCYLF, de 10 de julio, desestimando la petición del CD Mojados y reafirmando que la vacante correspondía al CD Laguna". El CD Mojados recurrió ante el Comité de Segunda Instancia de la RFEF, quien resolvió, con fecha 16 de julio, que la vacante le correspondía, "circunstancia por la cual, la RFCYLF se vio obligada a incluir en el calendario al CD Mojados y excluir al CD Laguna. Así se explicó y presentó a la Asamblea General de la RFCYLF celebrada el 25 de julio".
El CD Laguna recurrió la resolución del Comité de Segunda Instancia de la RFEF a los juzgados ordinarios de Majadahonda, en solicitud de suspensión cautelar de la misma. "Por tanto, la RFCYLF no fue la demandada y no es parte en la demanda, ni tenía conocimiento de la resolución judicial hasta que le fue remitida por el CD Laguna este pasado lunes 2 de septiembre", se ratifica desde la propia Federación de Castilla y León, que resume así: "El auto judicial producido en los juzgados ordinarios de Majadahonda ratifica los argumentos defendidos por esta RFCYLF, basados en la vigente reglamentación de la RFEF, sobre quién debía ocupar la plaza vacante en Tercera División Nacional como consecuencia del ascenso del Salamanca CF UDS a 2ª RFEF, contra lo que defendía el Comité de Segunda Instancia de la RFEF y la Asociación PROLIGA".