Un inversor vallisoletano ha logrado el perdón de 75.000 euros de deuda sin perder ninguna de sus siete propiedades, y todo ello gracias al asesoramiento de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento a través de la denominada Ley de Segunda Oportunidad.
A raíz de unas malas inversiones, el afectado fue acumulando préstamos que, con lo que ganaba, no podía pagar. La crisis de 2008 lo truncó todo y la situación cambió radicalmente. Durante varios años arrastró este lastre económico y, pese a su intento de pagar, no llegaba a compensar la cuota mensual de sus préstamos.
Intentó negociar con los bancos, pero éstos se negaban constantemente a llegar a un acuerdo. Mientras los impagos continuaban y el total a deber ascendía hasta los 75.000 euros, tuvo que optar por otro medio para solucionar la situación.
Fue entonces cuando en 2022 conoció la existencia de la Ley de la Segunda Oportunidad. Esto le llevó a buscar una solución, la cual encontraron en la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad formada por abogados y economistas especializados en el procedimiento.
Fran Bautista, letrado que asesoró al deudor, fue quien estudió la viabilidad del caso. "Teniendo en cuenta la imposibilidad de pagar con los ingresos que percibía y no tenía antecedentes penales, le aseguramos que cumplía los requisitos para pedir el perdón de las deudas", explica Bautista, quien añade que el primer paso era declarar insolvente al deudor, demostrar que no puede pagar y solicitar que se suspendan los pagos durante tres meses.
De esta forma, obtiene protección para no ser embargado. Posteriormente, se solicitaba al Decano de Valladolid la apertura de un concurso de acreedores. "En esta demanda se acredita toda la situación del interesado: ingresos, deudas, patrimonio, antecedentes, procedimientos" detalla Francisco Bautista, a través de un comunicado recogido por Europa Press.
Dado que el interesado contaba con siete propiedades sin cargas financieras--una vivienda, dos fincas y cuatro coches--, los letrados solicitaron el perdón de las deudas con Plan de Pagos para evitar la liquidación de activo alguno. Esto consiste en un pago mensual de 300 euros durante cinco años.
Revisado por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valladolid, fue aceptado y se notificó de la sentencia de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), dejando libre a este deudor de las deudas y sin perder ningún bien en propiedad. También le permite solicitar la exclusión de todo fichero de morosidad.
Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos, que han cambiado con la reforma concursal. Estos son la insolvencia del interesado, no haber sido exonerado en los últimos cinco años ni tener antecedentes penales de orden socioeconómico (estafa, blanqueo de capitales, alzamiento de bienes...).
Ya son más de 300 las exoneraciones de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento a lo largo de 2023.