El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Valladolid condena a la Diputación de Valladolid a pagar las costas y declara nula la decisión de colgar la bandera LGTBi en uno de los balcones de su fachada el pasado mes de junio, coincidiendo con la celebración del Día del Orgullo, tras estimar el recurso de Abogados Cristianos.
La sentencia de este juzgado, la primera que condena a una institución pública por colocar en la fachada la bandera LGTBI, alude al deber de objetividad y neutralidad de las instituciones del Estado, así como a la Ley de Banderas, al no ser la del colectivo LGTBI ninguna de las consideradas oficiales para poder ondear en un edificio público.
Ya el 29 de junio, el juzgado admitió las medidas cautelarísimas solicitadas por la Asociación Española de Abogados Cristianos y obligó a la Diputación de Valladolid a retirar la bandera LGTBi colgada en su fachada. Además, rechazó la querella por prevaricación contra el presidente de la institución provincial, Conrado Íscar, que pese al recurso, podría ser desestimada de nuevo, según estima la parte demandante.
La presidenta de la Asociación, Polonia Castellanos, recordó que la Diputación hizo caso omiso a la petición de que retirara la bandera, por lo que acudieron a la justicia, que ahora les da la razón al considerar que no se debió colocar la bandera LGTBI, dada además la existencia de doctrina derivada del caso de los lazos amarillos del movimiento independentista catalán y la condena al expresidente de la Generalitat, Quim Torra.
Al respecto, la presidenta de Abogados Cristianos insistió en que no se debe de entrar en “una guerra de banderas”, que además son “ilegales” y remarcó que solo puede ondear en los edificios públicas la de España, aunque expresó su respeto a los colectivos y lobbys, pero recalcó que no se puede contravenir la ley en favor de algunos y no de otros.
De esta manera, recalcó que esta sentencia debe servir para que todas las administraciones, incluidos las diputaciones y los ayuntamientos, cumplan la ley y su deber de neutralidad y objetividad, ya que consideró a su juicio los ciudadanos están “cansados” de que se les impongan ideologías y de que se vulnere la legalidad por quienes deben velar para que se cumpla.
Además, advirtió de que la sentencia aclara que lo colocado en el balcón de la Diputación de Valladolid era una bandera y no un estandarte o banderola, como alegó la institución, algo “bastante ridículo” en su opinión. Aseguró que el juzgado indica que se llame como se llame es una bandera, máxime cuando la propia Diputación de Valladolid informó de que había colgado la del colectivo LGTBi en su página web.
“Nos preocupa que los que deberían ser garantes de la ley sean los primeros que la vulneran y utilicen los edificios públicos como chiringuitos para exhibir la ideología que más les interesa”, dijo Polonia Castellanos, quien confió en que el fallo sirva para que se respete a todos los ciudadanos y se cumpla la ley.